
Los órganos de gobierno de ACUDAM son la asamblea general y la junta directiva. Los cargos de los miembros que constituyen la junta directiva, elegidos en Asamblea General de socios, tienen una duración de 4 años y no son remunerados. Todos ellos pueden ser reelegidos siempre que obtengan la aprobación de la Asamblea.
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LA JUNTA DE ACUDAM ESTÁ FORMADA POR SOCIOS NUMERARIOS DE LA ENTIDAD Y SUS PRINCIPALES FUNCIONES SÓN:
- Representar, dirigir y administrar la Asociación, cumplir las normas, instrucciones y directrices aprobadas por la asamblea.
- Tomar los acuerdos necesarios para la comparecencia ante los organismos públicos.
- Convocar la asamblea general.
- Presentar la memoria de las actuaciones, el balance y el estado de cuentas de cada ejercicio a la asamblea general.
- Establecer grupos de trabajo para conseguir los fines de la Asociación.
- Revisar la contabilidad y los servicios de atención a las personas.
Para más información sobre el resto de funciones, visitar el siguiente enlace (estatutos artículo 16) .
La junta se reúne el primer lunes de cada mes, de las 20:00 h a las 22: 00 h en la sede de la entidad.
COMPOSICIÓN DE LA JUNTA:
ACUDAM también dispone de las siguientes comisiones:
- Comunicación: vela por la buena comunicación interna y externa de la entidad.
- Fundación Tutelar: valora las solicitudes de tutela.
- Acogida: de las familias nuevas, nuevos socios y nuevos miembros de la junta.
- Búsqueda de recursos: captación de nuevos socios, actos benéficos y relación con las entidades colaboradoras.
- Permanente: resolución de asuntos urgentes y asesoramiento a la presidencia.
- Fiestas: vela por el buen funcionamiento de los acontecimientos más significativos del año.
ACUDAM no dispone de un consejo asesor.